Educación Superior

BOLETÍN INFORMATIVO   
Nº 5
| octubre - diciembre | 2005  [ imprimir ] [ descargar boletín en formato PDF]  


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Evaluar los ECAES en Derecho

Por Juny Montoya Vargas, Directora CIJUS (Centro de Investigaciones Sociojurídicas, Uniandes)

Los ecaes en Derecho tienen el potencial de modernizar la educación jurídica del país, de orientarla hacia la formación en competencias y así ponerla a tono con las tendencias curriculares contemporáneas en educación superior. Éste es su claro propósito. Habría que asegurarse de que lo estén cumpliendo, porque en caso contrario las pruebas podrían estar perpetuando la tradición enciclopédica y memorística que ha reinado en la educación jurídica nacional durante siglos: ésta ignora todo acerca de las competencias y de las estrategias para desarrollarlas. Como condición necesaria para sacar conclusiones válidas con base en sus resultados, es imperativo evaluar de manera sistemática el cabal cumplimiento de los objetivos de los ecaes. Me referiré sólo a algunos de los factores que determinan la utilidad de un examen estandarizado: fiabilidad, validez interna y washback (Bachman y Palmer, 1996).

Fiabilidad. Los diferentes calificadores deberían producir o llegar a los mismos resultados (Weigle, 2002). Llama la atención lo que en este sentido encontraron algunas facultades de Derecho al analizar el examen del 2003: identificaron varias instancias de preguntas en las que ninguna respuesta era del todo satisfactoria; o que ofrecían diversas opciones de respuesta no del todo excluyentes; o que no daban todas las posibles opciones de respuesta o no brindaban la información necesaria para llegar a una respuesta adecuada. En todos estos casos, los evaluadores podían llegar a resultados distintos; la fiabilidad del examen, en consecuencia, sería cuestionada.

Validez interna. Es la capacidad del examen para medir lo que pretende medir (Weigle, 2002). Los ecaes buscan evaluar el conocimiento y las competencias básicas de los egresados de los programas de pregrado[1], pero en el caso del Derecho están quedando por fuera tanto las características propias de cada institución, como las competencias argumentativas, comunicativas, de litigio, de conciliación y de trabajo interdisciplinario, las cuales exigirían otro tipo de evaluación.

Washback, o repercusión del examen en el currículo y la enseñanza. Si los resultados de las pruebas sólo se presentan referidos a áreas de conocimiento, y no a competencias, es fácil prever que, ante unos resultados mediocres en una determinada área, la respuesta de las facultades de Derecho sea aumentar la cobertura de contenidos, dejando a un lado el desarrollo de competencias. Es decir, en lugar de mejorar la calidad, se ofrecería más de lo mismo, sean cursos o contenidos.

En síntesis, es crucial que a la par con la aplicación de las pruebas ecaes, y antes de proponer modificaciones curriculares o pedagógicas apoyados en sus resultados, se haga una evaluación juiciosa y sistemática de su desarrollo

Referencias

Bachman, L. F., y Palmer, A. S., Language Testing in Practice, Oxford, Oxford University Press, 1996.

Weigle, S. C., Assessing Writing, Cambridge, Cambridge University Press, 2002.



[1]     La resolución 2768 de 2003 identifica como básicas las competencias cognitivas, investigativas, interpretativas, argumentativas y comunicativas, así como capacidades para la conciliación, el litigio y el trabajo interdisciplinario.

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