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Guía No. 4 Manual de evaluación y clasificación de establecimientos educativos privados
para definición de tarifas

Si quiere información sobre las normas marco para la autoevaluación de establecimientos educativos no oficiales, para su clasificación en regímenes y cobro de tarifas, las encuentra en:

  • Ley 115 de 1994, artículos 84, 202 y 203

  • Decreto 2253 de 1995, contiene los requisitos y procedimientos generales

  • Resolución 2616 de 2003, contiene el mecanismo que se aplica a partir del año 2003 y los incrementos aplicables en el año 2004 para los colegios en régimen controlado y para los estudiantes antiguos de los regímenes de libertad.

  • Ley 715 de 2001, en los artículos 5.12, 6.2.13 y 7.13, contiene las competencias frente a este proceso de la ación, los departamentos, distritos y municipios certificados

  • Resolcución 3832 de 2004, Por la cual se establecen los procedimientos y requisitos para la fijación de la tarifa anual de educación preescolar, básica y media prestada en establecimientos educativos particulares para el año 2005

  • Resolución 4170 2005, Por el cual se establecen los incrementos autorizados para la fijación de tarifas anuales de matriculas y pensión en establecimientos privados de educación preescolar, básica y media para el año 2006.

  • Directiva Ministerial 17 de 2005, Orientaciones para la autoevaluacio, clasificacion, y fijación de tarifas que regiran para establecimientos educativos privados en los años 2006 (Calendario A) y 2006-2007 (Calendario B)

 


Presentación

El presente Manual hace parte del Decreto 2253 de 1995 que reglamenta el artículo 202 de la Ley 115 de 1994, y desarrolla lo dispuesto en el Capítulo III del Título X de la mencionada ley. En consecuencia, contiene los procedimientos y criterios específicos que deben seguir las instituciones privadas prestadoras del servicio de educación formal, para su clasificación y la determinación de las tarifas que podrán cobrar durante el siguiente año académico.

La aplicación del presente manual es obligatoria, en todos los establecimientos educativos privados del territorio nacional. No obstante es voluntaria su aplicación en los establecimientos educativos de calendario A durante el año 2003 para establecer las tarifas del año 2004. A partir del 2004 será de carácter obligatorio en todos los establecimientos educativos privados tanto de calendario A como de calendario B.

Este Manual contiene indicaciones sobre los pasos a seguir con el fin de realizar la evaluación y clasificación, en especial, los instructivos para diligenciar los formularios de recolección de información para los efectos mencionados, los cálculos para la clasificación en un régimen determinado y, finalmente, las orientaciones para diligenciar el formulario de ingresos y costos.

También contiene el cuadro de clasificación que facilita la ubicación de la institución en un régimen determinado de acuerdo con el puntaje obtenido en la evaluación anual.

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